El embargo es una actuación de carácter judicial que consiste en la aprehensión de los bienes de un deudor para que, con el dinero que se perciba del remate de dichos bienes, se pueda pagar lo adeudado con el acreedor. ¿Quién es el acreedor? Es la institución o persona que prestó el dinero, es decir, el banco, casa comercial, caja de compensación, universidad, entre otros.
¿Quién realiza la gestión del embargo?
La gestión del embargo es realizada por un funcionado llamado receptor judicial quien, previa orden de un tribunal, concurre hasta el domicilio del deudor y procede a tomar nota de los bienes muebles de propiedad del demandado hasta la cantidad que sea necesaria para dar cobertura total de la deuda.
El receptor judicial, en la gran mayoría de los casos, dejará al deudor como depositario de los bienes, lo que en la práctica quiere decir que no serán retirados del inmueble sino hasta un acto posterior, en el que los retirará y dispondrá ante un martillero público con el propósito de rematarlos y así pagar la deuda.
Lo anterior sólo procede respecto de bienes muebles que sean de propiedad del deudor, como lo sería, por ejemplo, el comedor, el microondas o los sillones de la sala. En este sentido, es importante señalar que el embargo de bienes raíces, es decir, de una casa, y el de vehículos motorizados se realiza de manera distinta. En aquellos casos, el receptor judicial, previa orden de un tribunal, anotará el embargo en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Raíces correspondiente al domicilio de la propiedad o bien en el Registro de Vehículos Motorizados correspondiente al Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda.
¿Qué alternativas de defensa tengo frente a un embargo?
Frente a la atemorizante gestión de un embargo siempre existen alternativas a las que puede optar un deudor. En primer lugar, es aconsejable alcanzar un acuerdo extra judicial con el acreedor o con su representante. Si bien, para la realización de esta gestión no se requiere contar con el patrocinio de un abogado, es recomendable que este tipo de acuerdos sean asesorados por un profesional, ya que él podrá resguardar de mejor manera los derechos e intereses del deudor, y evitar el incremento de manera desproporcionada del monto adeudado.
Si lo anterior no es viable o bien no se alcanza un acuerdo extrajudicial, es conveniente que el deudor opte por defenderse en el juicio iniciado en su contra, para lo cual deberá contar con el patrocinio de un abogado. Esto implica participar activamente en el juicio, utilizando todos los medios e instancias procesales que la ley entrega para evitar el retiro de los bienes y provocar así el alzamiento del embargo que lo afecta.