A menudo compramos todo tipo de cosas, ya sea en tiendas físicas o en línea. Independientemente del caso, es importante que las personas conozcan sus derechos en cuanto a los mecanismos legales de devolución o cambio.
El artículo 45 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor -reformada hace pocos meses- señala que la persona que adquiere bienes o servicios por cualquier medio, tendrá derecho a la devolución o cambio de productos, el cual será ejercido dentro de los 15 días hábiles posteriores a su recepción.
Al respecto, el abogado César Coronel, gerente general de Defensa Deudores Ecuador, aclara que “una persona podrá devolver o cambiar el producto siempre que su naturaleza lo permita y que su estado sea el mismo en el que lo recibió. Por ejemplo, si se trata de la compra de alimentos perecibles, no se aplicaría este derecho del consumidor”.
Cuando se trata de prestación de servicios, Coronel señala que el derecho de devolución se ejercerá mediante el término inmediato del contrato.
Además, el abogado explica, que la “Ley Orgánica de Defensa del Consumidor prohíbe la entrega de notas de crédito, o bienes o servicios compensatorios por el valor pagado. Es importante señalarlo ya que muchos establecimientos en lugar de devolver el dinero o cambiar el producto quieren obligar al consumidor a recibir una nota de crédito y eso no se puede”.