March 2022

Un embargo es cuando un perito o depositario judicial hace un listado de los bienes de la persona que es demandada por deudas impagas. Por lo general los bienes no son retirados de inmediato, sino que el deudor demandado queda en calidad de depositario provisorio de ellos. Si el deudor saca los bienes del lugar sin autorización judicial o los cambia por otros está cometiendo un delito que puede tener consecuencias penales.

7 claves sobre el embargo

Revisa con atención estas claves para entender de qué se trata un embargo, cómo te puedes defender y cuáles son los pasos que se siguen legalmente.

1- Embargo y retiro no son lo mismo

El embargo, en el caso de bienes muebles, como un televisor o comedor, es el inventario y tasación que se hace de los bienes de un deudor para que posteriormente sean rematados para pagar sus compromisos impagos con el acreedor. Los bienes que son embargados quedan en propiedad del deudor hasta que se produzca el retiro de dichos objetos”, explica el abogado de Defensa Deudores César Coronel.

2- Sólo puede recaer sobre bienes del deudor

No pueden ser embargados los bienes de terceros, como los de familiares del deudor. Si esto pasa, la persona dueña de los bienes embargados, por una deuda ajena, puede defenderse y presentar una Tercería de posesión o dominio, para ello requiere de la representación de un abogado.

3- El embargo no es automático

Debe existir una demanda de cobranza contra el deudor moroso, que haya sido notificada y haberse producido el requerimiento de pago, con el que se busca exigir al deudor que salde sus compromisos impagos. Además, el acreedor debe solicitar que se realice el embargo y debe emitirse una orden por parte del tribunal que lleva el juicio.

4- Un perito o depositario judicial debe concurrir al domicilio del deudor tras recibir una orden del tribunal

Se hará un listado de los bienes muebles del deudor hasta la cantidad necesaria para cubrir el monto que adeuda. En el caso de vehículos estos se embargan de forma distinta mediante inscripción en el Registro Mercantil y en el caso de bienes inmuebles, como una casa, la gestión debe realizarse en el Registro de la Propiedad.

5- Los bienes no serán retirados del hogar del deudor inmediatamente

La diligencia del retiro de los bienes se realizará en un acto posterior y también debe ser ordenada por un tribunal.

6- No hay plazo determinado para el retiro de los bienes

Hay muchos factores en juego, uno de ellos es que el deudor pague su deuda para evitar el retiro de sus bienes; otro sería que se presente una tercería por los bienes que se quieren embargar.

7- Es fundamental asesorarse para defenderse

Si fuiste demandado por deudas impagas es fundamental asesorarte por un especialista y contar con un abogado que pueda representarte en el juicio, ya que “es posible defenderse y oponer excepciones, como el que una deuda se encuentre prescrita, que permitan dejar sin efecto el embargo o evitar que se llegue al remate de los bienes”, aclara el abogado Ibáñez.

¡Ojo!

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