Te dejamos una selección de los temas que suelen generar mayor cantidad de dudas. Si aún no resuelves tus preguntas, escríbenos y un abogado experto se pondrá en contacto.
El Recurso de Protección es aquella acción judicial que se concede a todas las personas que han visto vulnerados ciertos derechos y/o garantías. Tiene el fin de restablecer dicho derecho que ha sido vulnerado y dar protección a la persona afectada.
Existen varias alternativas para salir de DICOM. La primera y más obvia es pagar o repactar la deuda impaga. La última instancia que tienen las personas deudoras es optar por los procedimientos de la Ley 20.720, también conocida como ley de quiebra.
Sí. La herencia comprende todos aquellos bienes que eran de propiedad de la persona fallecida, sean muebles, inmuebles y deudas. El pago de estas últimas debe ser asumido por los herederos del causante.
El embargo es una actuación de carácter judicial que consiste en la aprehensión de los bienes de un deudor para que con el dinero que se perciba del remate de dichos bienes se pueda pagar lo adeudado al acreedor.
Si una persona es notificada de una demanda por deudas debe concurrir inmediatamente donde un abogado, porque solo tiene un plazo de ocho días hábiles para defenderse. Es importante actuar rápido.
Para acogerse a la Ley 20.720, también conocida como ley de quiebra, debe acompañar una solicitud al tribunal correspondiente a su domicilio, la que debe estar patrocinada por un abogado, quien actúa como representante frente al tribunal.
La Ley N°20.720 establece un conjunto de procedimientos, administrativos y judiciales que permiten renegociar o reorganizar las deudas de personas y empresas, quedando el deudor con nuevas y mejores condiciones para el pago de sus obligaciones.
La ley 20.720 de Insolvencia y Reemprendimiento, también conocida como ley de quiebra, contempla dos procedimientos para las empresas que tienen problemas de insolvencia. Estos son la reorganización y la liquidación o quiebra.